ARTÍCULO 422. El diámetro de los tambores que empleen los aparatos para izar no será pequeño de treinta veces el diámetropolitano del cable o 450 veces el diámetro del alambre que forma el cable. Mediciones de iluminación: se utilizan para calibrar los niveles de iluminación en el bullicio gremial. https://grahams257xbf6.loginblogin.com/profile